martes, 4 de septiembre de 2012

OBSERVATORIO LEY PROVINCIAL GAUCHO RIVERO



OBSERVATORIO LEY PROVINCIAL GAUCHO RIVERO

Legisladores Nacionales* y Provinciales* de las provincias de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Santa Cruz, Chubut, Río Negro y Buenos Aires; Intendentes* y Concejales* de las ciudades de Ensenada y Berisso, Mar del Plata, Puerto Madryn, Comodoro Rivadavia, Puerto Deseado, Río Gallegos, Río Grande y Ushuaia; Centros de Veteranos de Guerra de Malvinas, dirigentes gremiales y sociales, voluntarios por Malvinas (*cumpliendo su mandato o con  mandato cumplido)

RESUELVEN:
1. Crear el Observatorio sobre la Ley Provincial Gaucho Rivero, sancionada en las provincias de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Santa Cruz, Chubut, Río Negro y Buenos Aires.
2. Dicho organismo será presidido por un Senador Nacional.
3. Estará integrado por 2 (dos) legisladores;  2 (dos) representantes de Veteranos de Guerra de Malvinas y 2 (dos) dirigentes gremiales o sociales de cada una de las provincias.
4. Tendrá como objetivo estudiar, debatir, difundir, reunir antecedentes y promover todo tipo de actividades relacionadas con la aplicación y difusión de las leyes provinciales Gaucho Rivero.
5. El Observatorio se dará su propio reglamento.

Fundamentos.
La idea de crear un Observatorio sobre las leyes provinciales Gaucho Rivero se basa en
la necesidad de concebir un espacio de debate y reflexión, en un marco de análisis y evaluación de las variables que componen el bloqueo de nuestros puertos a la bandera pirata del Imperio Británico, como herramienta para la recuperación de las Islas Malvinas y los territorios insulares y sus espacios interoceánicos, usurpados a partir de 1833.
La rendición del destacamento inglés de Puerto Egmont en la Isla Gran Malvinas (1770); la Reconquista y Defensa de la Ciudad de Buenos Ayres (1806/1807); la resistencia del Gaucho Antonio Rivero y sus compañeros gauchos e indios a la usurpación (1833); los combates de Vuelta de Obligado, Tonelero, San Lorenzo y Quebracho (1845); las patriadas del aviador Miguel Fitzgerald (1964) y del Grupo Cóndor (1966); expulsión de la Misión Shackleton (1976) y la Reconquista y Defensa de las Islas Malvinas (1982) nos demuestran que “un pueblo sin armas ni medios pero con razón, puede luchar eternamente” (Carlos Busser) y que “cuando los pueblos se deciden a luchar, suelen ser invencibles” (Juan Domingo Perón).
La Cláusula Transitoria de la Constitución Nacional (1994) nos da el marco y la posibilidad de resistir la usurpación y el saqueo al que nos somete la potencia que se cree “dueña del Atlántico Sur”, con las armas de la democracia, el mandato popular y la solidaridad suramericana. Ese espíritu se pretende reflejar y abordar con imaginación y audacia. Sabemos que “no se vence con violencia, se vence con inteligencia y organización”.
Por ello, el Observatorio sobre la ley provincial Gaucho Rivero es propuesto como un espacio de encuentro de militantes, intelectuales y funcionarios con responsabilidades gubernamentales, tanto en el Poder Legislativo como en el Ejecutivo, para analizar los aspectos políticos, legislativos, jurídicos y académicos.

La gesta de Obligado es el único antecedente de bloqueo territorial como resistencia a las pretensiones del Imperio Británico.
Las leyes provinciales Gaucho Rivero, profundamente federales, son la primera y última línea de defensa de los habitantes de las provincias, que se niegan a que el usurpador se exhiba con sus buques y banderas, mientras ejerce el saqueo de nuestros recursos naturales al amparo de los Acuerdos de Madrid y Londres (1989/1990). La Causa Malvinas es hoy causa global de Suramérica. Y con el ejercicio de nuestra soberanía en el espacio aéreo (Kirchner, 2004) y la denuncia de los acuerdos de pesca y explotación hidrocarburífera de 1995 (2007) el tiempo de las “relaciones carnales” ya forma parte de la negra noche de la “desmalvinización” y, paso a paso, la Argentina y los argentinos recuperamos lo que nos fuera arrebatado: las jubilaciones, Aerolíneas Argentinas, el Banco Central, nuestra tierra y nuestra moneda e YPF. En simultáneo al bloqueo de nuestros puertos (2011), los países hermanos del MERCOSUR respondieron a la solicitud del Secretario General del UNASUR, Néstor Kirchner, quien había denunciado la bandera pirata de Falkland Island (UK), cuando también la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, con el decreto 256/2010, condicionó la navegación por aguas territoriales. La suma de todas las acciones de denuncia y bloqueo con la solidaridad del continente Suramericano obligarán al Imperio Británico a acatar las resoluciones de Naciones Unidas e iniciar las negociaciones para la descolonización de las Islas Malvinas y así abandonar los territorios insulares y espacios oceánicos usurpados.

Principios de trabajo del Observatorio
·        Propiciar el debate de distintas perspectivas sobre la ley Gaucho Rivero, tomando como principio de referencia los derechos argentinos sobre el archipiélago, de conformidad con lo establecido por la Constitución Nacional y lo expresado de diferentes formas pero común sentido en los fundamentos: bloqueo a la bandera pirata en nuestros puertos y aeropuertos y bloqueo a las actividades comerciales y de explotación de recursos en la Cuenca de Malvinas.
·        Promover la realización de encuentros sobre la ley Gaucho Rivero, involucrando a funcionarios argentinos (especialmente de las provincias que aún no la han sancionado) y extranjeros, así como a académicos de diferentes países.
·        Difundir información sobre la ley Gaucho Rivero, enfatizando el antecedente histórico de la Gesta de Obligado y sus consecuencias políticas sobre la inviabilidad de la usurpación al perder la posibilidad de abastecimiento en el continente.

Acciones

·        Compilación: las acciones prioritarias del Observatorio serán las de efectuar un seguimiento de las leyes Gaucho Rivero.
·        Organización de encuentros: se propiciarán encuentros con parlamentarios y expertos de distintas orientaciones, provenientes de diversas provincias y países, para analizar la importancia de las leyes Gaucho Rivero. Estos eventos podrán adoptar distintos formatos: seminarios, cursos, talleres, debates, encuentros de trabajo, entre otras modalidades.
·        Publicaciones: la patriada de la denuncia, rechazo, expulsión y bloqueo de la flotilla petrolera inglesa de los puertos y la gestación de las leyes provinciales, serán publicadas en libro, multimedia y la página web del Observatorio. También se prevé la redacción y la presentación en sociedad de una Memoria Anual, suerte de racconto de las actividades desarrolladas por el Observatorio durante un año calendario.
·        Para el cumplimiento de sus fines, el Observatorio creará una dirección electrónica que identifique el Observatorio para el intercambio de información y mensajes de trabajo vinculantes al mismo.

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