sábado, 18 de agosto de 2012

La Ley Gaucho Rivero como mandato del último presidente suramericano: Néstor Kirchner

El primer presidente de Sudamérica después de 200 años, afirmó Evo Morales.  
 En Noviembre 2010, los países miembros de la UNASUR reunidos en Georgetown, expresaron el compromiso de “adoptar, de conformidad con el derecho internacional y sus respectivas legislaciones internas, todas las medidas susceptibles de ser reglamentadas para impedir el ingreso a sus puertos de los buques que enarbolen la bandera ilegal de las Islas Malvinas”. Además, se comprometen “en el marco de los acuerdos internacionales vigentes, informar al Gobierno Argentino sobre aquellos buques o artefactos navales con derrotero que incluyan las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwiches del Sur con cargas destinadas a las actividades hidrocarburíferas y/o minerales ilegales en la plataforma continental argentina y de este modo, prevenir o evitar que dichas actividades se consoliden”. 
 La Ley Gaucho Rivero y la defensa de la soberanía nacional 
A su vez, en Septiembre 2011, por primera vez, el Grupo de los 77 (formado por 131 naciones, y por su número es el más importante bloque negociador de las Naciones Unidas), en su declaración final dedica un párrafo exclusivo a la cuestión de Malvinas. Los 131 ministros de Relaciones Exteriores de los países miembros del Grupo de los 77 y China reclamaron al Reino Unido en Naciones Unidas (ONU) que cumpla con los requerimientos de la comunidad internacional y reanude las negociaciones con Argentina sobre las islas Malvinas. El documento señala que la decisión se adopta "con el fin de encontrar, lo antes posible, una solución pacífica" y que "los gobiernos deben abstenerse de tomar decisiones unilaterales".
Finalmente, cabe mencionar que la Armada Argentina colabora, en el marco de sus competencias de control del tráfico marítimo en aguas de jurisdicción nacional, con el efectivo cumplimiento del Decreto N° 256/2010. Esta norma establece que “…todo buque o artefacto naval que se proponga transitar entre puertos ubicados en el territorio continental argentino y puertos ubicados en las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, o atravesar aguas jurisdiccionales argentinas en dirección a estos últimos, y/o cargar mercaderías a ser transportadas en forma directa o indirecta entre esos puertos, deberá solicitar una autorización previa expedida por la autoridad nacional competente”. 


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