LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO,
ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1º.- Rechácese todo acto de colonización o de reclamos por la soberanía sobre las Islas Malvinas, islas pertenecientes a la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Artículo 2°.- Prohíbase toda permanencia, amarre o abastecimiento u operaciones de logística en territorio provincial de buques de bandera británica o de conveniencia que realicen tareas relacionadas con la exploración, perforación, explotación, extracción o transporte de los recursos naturales de la República Argentina.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1º.- Rechácese todo acto de colonización o de reclamos por la soberanía sobre las Islas Malvinas, islas pertenecientes a la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Artículo 2°.- Prohíbase toda permanencia, amarre o abastecimiento u operaciones de logística en territorio provincial de buques de bandera británica o de conveniencia que realicen tareas relacionadas con la exploración, perforación, explotación, extracción o transporte de los recursos naturales de la República Argentina.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
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